Medio Ambiente

 

 

Desde 01/03/2021 al 30/03/2021

Resolución de ayuda de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, para la elaboración e implantación de una Memoria De Sostenibilidad que contribuya a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad en la triple vertiente ambiental, económica y social.

Además, estas ayudas permitirán a las empresas cumplir con lo establecido en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre de Auditoria de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, en la que establece la obligatoriedad de algunas organizaciones a elaborar informes de sostenibilidad.

¿A quién van dirigidas?
A las pymes con domicilio social en el territorio de la Comunitat Valenciana.

Cuantía de las ayudas
Las ayudas podrán alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 3.000 €.

Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas será DESDE EL día 1 DE MARZO DE 2021 HASTA EL día 30 DE MARZO DE 2021, ambos incluidos (en 2021 la Resolución de convocatoria se ha publicado en el DOGV núm. 8972, de 10/12/2020).

Más información:

yolandar@avecal.es

Convocatoria Memorias Sostenibilidad

 

 

 

Desde 03/08/2019 al 30/06/2021

El Instituto Valenciana de Competitividd Empresarial – IVACE ha publicado ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, incluida la implantación de sistemas de gestión energética, en la Comunitat Valenciana, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro y la eficiencia energética y el respeto al medio ambiente.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los establecidos en la convocatoria de ayudas (del 07 al 11, del 13 al 33 y del 35 al 39). El proyecto objeto de subvención deberá realizarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

Actuaciones apoyables
Las actuaciones objeto de ayuda deberán conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y deben encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías previstas en el artículo 6 del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril:

•    Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de las empresas cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en la convocatoria de ayudas.

Las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética. El ratio económico-energético máximo será de 14.379 € (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año). La medición del ahorro energético obtenido por la aplicación de esta convocatoria se calculará siguiendo la metodología de cálculo indicada en el Anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012

•    Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética.
Implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de las empresas cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en la convocatoria de ayudas.

La mejora de la eficiencia energética, por la implantación de un sistema de gestión energética, debe comprender las actuaciones necesarias, tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía, como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para el análisis, regulación y control, así como para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía final y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.

Las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética. El ratio económico-energético máximo será de 14.501 € (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año) y deberán cumplir con la Norma UNE-EN ISO 50001 relativa a los sistemas de gestión energética o la que en su lugar la sustituya. La medición del ahorro energético obtenido se calculará siguiendo la metodología de cálculo indicada en el Anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

Tipo de ayuda
La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las siguientes:

a) El 30% de la inversión elegible del proyecto.

b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Los porcentajes aplicables sobre el coste subvencionable son los siguientes:

– Gran empresa: 30%
– Mediana empresa: 40%
– Pequeña empresa: 50%

c) Un máximo de 1,5 millones de euros por proyecto.

Más información:

yolandar@avecal.es

Convocatoria

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